viernes, 20 de septiembre de 2013

Los desastres, las telecomunicaciones y su ayuda / requisa.


Septiembre/2013 En las costas del pacifico de México, en particular ciudades como Acapulco, sufrieron los embistes de los huracanes Ingrid y Manuel. Esto dejo graves consecuencias humanas y daños materiales cuantiosos; la situación es preocupante.
Los apoyos de parte del gobierno y de la población civil se empezaron a dar, y a nivel empresarial veo que Telmex también aporta ayuda. Al buscar información, encontré en altonivel.com.mx que se habilitó la telefonía pública para llamadas locales, de emergencia y a números 01800, y también se puso en los albergues, servicios de telefonía y de internet de manera gratuita.
Esto se agradece, y quiero pensar que las demás empresas prestadoras de servicios de voz y datos; también están haciendo lo mismo y yo no me he enterado. Pero no solo debemos esperar su buena voluntad para que las áreas afectadas tengan los beneficios de la comunicación, el gobierno federal puede hacerlo por decisión propia.
La LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES menciona en el Capítulo VII en el tema de las requisas, el Artículo 66 señala:
“En caso de desastre natural, de guerra, de grave alteración del orden público o cuando se prevea algún peligro inminente para la seguridad nacional, la paz interior del país o para la economía nacional, el Gobierno Federal por conducto de la Secretaría podrá hacer la requisa de las vías generales de comunicación a que se refiere esta Ley y de los bienes muebles e inmuebles necesarios para operar dichas vías y disponer de todo ello como lo juzgue conveniente. El Gobierno Federal podrá igualmente utilizar el personal que estuviere al servicio de la vía requisada cuando lo considere necesario. La requisa se mantendrá mientras subsistan las condiciones que la motivaron.
El Gobierno Federal, salvo en el caso de guerra, indemnizará a los interesados, pagando los daños y perjuicios a su valor real. Si no hubiere acuerdo sobre el monto de la indemnización, los daños se fijarán por peritos nombrados por ambas partes, y en el caso de los perjuicios, se tomará como base el promedio del ingreso neto en el año anterior a la requisa. Cada una de las partes cubrirá la mitad de los gastos que se originen por el peritaje. Los derechos de los trabajadores se respetarán conforme a la ley de la materia”
Cuando se declare zona de desastre alguna localidad, siento que deben aplicar la requisa del sector comunicaciones; para así estar transmitiendo por internet, radio y televisión (abierta y de paga) la información necesaria para apoyar la situación.
Empresas extranjeras como google, han activado person finder como apoyo comunitario; las empresas nacionales deben "sacar la casta" con mucho mayor razón… bueno, eso digo yo.

Nota:
Según la RAE, requisa es:
“Expropiación por la autoridad competente de ciertos bienes de propiedad particular, aptos para las necesidades de interés público”

8 comentarios:

  1. otra empresa que también ayudo a los damnificados fue la empresa Aeromexico, informó que hasta el momento ha transportado a más de 5,000 pasajeros entre Acapulco y la Ciudad de México con más de 50 vuelos para el rescate de turistas varados en dicho puerto así como también precisó que ha movilizado en sus aviones más de 45 toneladas de víveres hacia al puerto, ayuda que ha recibido de los centros de acopio de la Cruz Roja Mexicana, así como de instituciones privadas, entidades de gobierno y público en general. Todo esto de manera gratuita (http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/09/19/919489)

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    1. El uso de la requisa en términos de uso de las Telecomunicaciones según articulo 66 (LEY FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES) consultar la pagina: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/118.pdf. y analisis de la UNAM http://www.juridicas.unam.mx/publica/rev/boletin/cont/91/el/el13.htm.

      Tomo a mi criterio que el gobierno federal toma todos los bienes y derechos de la empresa en caso de emergencia ( De desastre natural, De guerra, De graves alteraciones al orden público, Cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional para la paz interior del país o para la economía nacional).

      Veo que el gobierno se ve un poco abusivo con las empresas de TELECOM, agarra parejo donde se encuentre el conflicto o desgracia por eventos naturales. Y donde comenta que sera pagado o indemnizado la empresa por los daños ocasionados por la requisa. (Todo a conveniencia del gobierno federal).Y la ley no delimita las facultades limitativas y/o responsivas cuando este articulo entra en uso.

      Por que no modificar el articulo y agregar las reglas del juego en el uso de las requisas. Y asi dejar bien definido las acciones a tomar antes, en el proceso y al finalizar la requisa.

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    2. Creo que actuar de buena fe es mejor a que se exijan los derechos de las personas. Las empresas que no hagan esto se les aplica de manera justa lo que dicta el artículo 66 de la LFT, recordando que las requisas tienen origen militar (http://eprints.uanl.mx/2240/1/1020149189.PDF) y que según el artículo 27 dice que: "Se establecen las facultades de la nación para imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público", creo que lejos de ser un abuso del gobierno federal, las empresas están obligadas a brindar sus servicios, aquí lo que se debería realizar es el protocolo o las reglas necesarias para realizar dicho acto, con el fin de evitar abusos de intereses personales de actores involucrados en estos menesteres, como por ejemplo: en Tabasco, las inundaciones son muy recurrentes y en la última inundación conocida muchas personas se beneficiaron de este lamentable hecho, incluido el gobernador del estado, para enriquecerse con apoyos federales. otro ejemplo es en el caso de televisa y el programa de Laura Bozo quien empleo vehículos del gobierno del estado para montar un show de su programa en la azotada Oaxaca por el paso de un huracán, sin aportar ayuda de cualquier tipo. En estos casos se debería aplicar la ley a quienes se beneficien con el tema de requisas y verificar quien regule el apoyo para evitar estos actos.

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  2. De acuerdo con el comentario de Freddy Alberto, algunas empresas han ayudado a los damnificados; aunque no sé si hay mas casos del sector telecomunicaciones.
    Los puntos son:
    - Lo hacen de buena fe, debemos esperar que ellos decidan apoyar o debemos aplicarles el Articulo 66 en los casos de desastre?
    - Hablando del Art. 66, que tan noble, ventajoso o justo lo consideran?

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  3. En el siguiente link http://www.fundaciontelmex.org/desastres-naturales/
    se describe una ayuda humanitaria y de buena fe, es decir como personas los mexicanos somos solidarios ante estos desastres, el articulo hace mención que la empresa TELMEX esta al tanto de los posibles futuros desastres y están preparado desde antes que suceda el desastre para brindar el apoyo.
    Creo que el articulo 66 es aplicado sin esperar a que los ciudadanos tengamos que exigir que sea aplicada, de no ser así se debería exigir.
    Si hablamos de justicia, queda claro lo dictado en el articulo 66, es decir, el pago de los daños y perjuicios seran pagados entre ambas partes, a simple vista es justo, tanto para el gobierno y los interesados, otro dato interesante esta en este articulo
    http://style.shockvisual.net/telecomunicaciones-de-mexico-anuncia-programa-ayuda-en-telecomm-en-apoyo-a-los-damnificados-por-ingrid-y-manuel/
    en el cual se forma un programa "ayuda en TELECOMM", recaudando fondos para usarlo en desastres naturales, asi tambien TELECOMM habilitará con suficiencia de saldo las terminales de telefonía rural satelital, para garantizar la comunicacion de las localiadades.

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  4. Estoy de acuerdo con isidro en decir que los mexicanos somos solidarios ante los desastres naturales, pero hablamos que Telmex tiene una fundación y no olvidemos que muchas personas de altos ingresos gastan mucho esfuerzo en reducir los ingresos imponibles y en desviar sus ingresos a destinos libres de impuestos, la deshonestidad les resulta lucrativa, podemos decir que es un acto de buena fe pero siempre hay otra cara sobre la moneda, a las empresas no les conviene que se queden sin servicios, en dado caso pueden aportar a la sociedad y restablecer las comunicaciones, a sabiendas que después pueden duplicar los ingresos invertidos, por eso comparto la opinión en decir que el artículo 66 es aplicado sin esperar que los ciudadanos tengamos que exigirlo. Al hablar de considerar el art.66 se entraría en controversia porque de cierta manera podríamos decir que es un poco ventajoso, porque sin preguntar, el gobierno federal tomara posesión de dichas vías de comunicación, pero por otro lado es justo porque el fin es llevar a l país a un bien, lo que se debe evitar son los beneficios o conveniencias de cualquiera de las dos partes.

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  6. Ya que el motivo que origina la requisa en este caso específico, fue un desastre natural, estoy de acuerdo con mis compañeros que se debe hacer uso por parte del Gobierno Federal las vías de comunicación, ya que en esos momentos toda la infraestructura carretera y de comunicación se vuelve un caos, es importante mencionar que el Gobierno a través de sus dependencias es el que se hace cargo de este tipo de contingencias, algunas empresas como Telmex se han destacado por ser solidarios con la población a través de su fundación pero entre paréntesis, es decir sabemos que a través de estas fundaciones y las donaciones que hacen son deducibles de impuestos, por lo tanto estoy de acuerdo con Isidro y Luis que no debemos esperar que las empresas que cuenten con infraestructura tengan esa buena fe, debe aplicarse la Ley sin esperar que las empresas lo hagan. En el Plan de contingencias naturales y tomo como referencia el siguiente enlace http://www.ur.mx/Portals/39/PDF/ManualContingenciasDesastres.pdf, contempla una serie de estrategias y en todas hace referencia a las telecomunicaciones como un medio para mantener informada a la población, creo que no debería ser necesario que el gobierno les exija a las Empresas un Plan similar pero cada una debería de contemplar acciones y estrategias para apoyar a la población en caso de desastres.

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